¿Cuándo aplica el Registro de Vivienda Principal?

Aplica cuando utilizas un apartamento o casa como tu hogar principal. La Vivienda Principal solo aplica para este tipo de inmuebles “residenciales”.
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Pero es un “Registro”, o sea, es una formalidad que debes cumplir ante el Seniat. Lo debes hacer dentro de un plazo de un (1) año contado a partir de la fecha en que compres o habites el inmueble.
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Cuando cumples este proceso, te entregan un documento que es el famoso “Registro de Vivienda Principal”, que te exonera de pagar el impuesto por la venta de tu inmueble cuando vas a Registro Público.

Lo que te está exonerando es el pago de Impuesto sobre la Renta por el capital que recibes, precisamente por la venta de tu inmueble.

Importante: Cuando se enajena (se vende) la Vivienda Principal registrada, la persona tiene un lapso de dos (2) años contados luego de la enajenación, para registrar la nueva vivienda, que fue adquirida con los ingresos obtenidos por la venta de la que tenía registrada como principal.

Si no lo haces, correspondería pagar el Impuesto sobre la Renta por el enriquecimiento por la venta.

Si la persona que vendió es mayor de 60 años, no está obligada a comprar una nueva vivienda ni a pagar el impuesto.

Este beneficio solo opera para personas naturales. Si la propiedad se compra a nombre de una empresa, no puede aplicar este beneficio.

¿Tienes dudas si aplica en tu caso❓¿Sabías que existían esos lapsos❓ ¿Conoces a alguien mayor de 60 años a la que le sirva esta información❓ 0424.2503108

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