Es una de las preguntas casi obligatorias y de las mayores preocupaciones del comprador durante el proceso.
Es el monto que cobra el organismo público para otorgarle su nuevo documento de propiedad. Se cobra a través de la Planilla Única Bancaria (PUB).
Sería genial si el comprador pudiera obtener un cálculo previo antes de comprometerse en la compra-venta, pero el Registro Público no da cálculo sino hasta que se consigna la carpeta con todos los recaudos, y para llegar allí quiere decir que ya la compra-venta está encaminada y comprometida.
Solo podemos tener un estimado aproximado, de acuerdo a las referencias de ventas anteriores, pero cada caso es único.
Por eso es importante que el comprador esté consciente de esta situación desde el principio, para que se prepare lo mejor posible.