Riesgos de “ir directo a Registro”

En el post pasado hablamos de las negociaciones que se hacen mediante un solo pago y mencionamos que “ir directo a Registro” implica algunos riesgos. Básicamente son dos:

Para el comprador: que haga todo el proceso, incluso pague la Planilla Única Bancaria (PUB) y tenga todo listo para transferir, y de repente el propietario decida no vender o aumentar el precio de venta. Se puede generar un conflicto, porque no hay ningún acuerdo previo por escrito, no se establecieron lapsos ni penalizaciones, en caso de incumplimiento del propietario.

Para el propietario: que consigne todos los recaudos necesarios (con los costos que eso implica) y mantenga el inmueble fuera del mercado esperando el pago del comprador, perdiendo otras oportunidades, y por cualquier razón, el comprador cambie de idea y al final no compre. Eso igual puede generar el mismo conflicto.

Por ello, lo más recomendable siempre es firmar un acuerdo previo como una reserva o un contrato de opción de compra-venta, donde se dé un monto como garantía y se establezcan penalizaciones, en caso de que alguna de las partes incumpla. En general, cuando las partes han firmado estos acuerdos, la negociación cierra sin problemas en un 99% de los casos, porque ambos están más comprometidos y claros con el proceso.

¿Te irías directo a Registro? 

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