Precaución en los Poderes 5ta parte: Asegúrate de colocar las palabras claves

Las 3 palabras claves son “vender” o “enajenar” “inmuebles”

¿Por qué? Porque así lo exige la legislación vigente.

Según el Código Civil “el mandato concebido en términos generales no comprende más que los actos de administración. Para poder transigir, enajenar, hipotecar o ejecutar cualquier otro acto que exceda de la simple administración ordinaria, el mandato debe ser expreso”. Artículo 1.688

Cuando vendes tu propiedad con nosotros, hacemos toda esta verificación legal antes de iniciar el proceso, para estar seguros de que todo fluirá bien o hacer los ajustes necesarios.

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