Extranjeros que no residan en el país sí pueden comprar inmuebles, pero ciertas condiciones aplican:
Lo establece un Manual que regula trámites jurídicos en Registros y Notarías, publicado en Gaceta Oficial N° 40.332, fecha 13-01-2014: “Artículo 3º—Además de los requisitos obligatorios …
4) En caso de extranjeros, pasaporte con su Visa TR-N (transeúnte de negocios), TR-I (transeúnte inversionista), TR-E (transeúnte empresario), de la persona otorgante, para la realización de actos o negocios jurídicos traslativos de propiedad, y aquellos actos relacionados con sociedades mercantiles, firmas personales, sociedades civiles o cooperativas.”
No es necesario que venga al país, puede otorgar un poder general o especial a alguna persona de su confianza en Venezuela, para que lo represente.
El poder puede ser general para comprar, administrar y vender o puede ser un poder específico solo para comprar.
El título de propiedad del inmueble saldrá a nombre del inversionista.
Tenemos experiencia en este tipo de negociaciones. Podemos orientarte de acuerdo a cada caso concreto. Consulta con confianza.