La respuesta inicial es que cada uno debería recibir el porcentaje que le corresponde, de manos del comprador. Sin embargo, eso puede ser poco pragmático y complicar la venta.
El proceso usual es que una vez que el comprador transfiere todo el monto del precio, se proceda a la firma del Documento de Compra-Venta en el Registro Público a la brevedad posible, al día siguiente, sin ningún retraso. Eso es lo ideal.
Pero si son 4 copropietarios que tienen cuentas bancarias en distintos bancos e incluso en distintos países, puede ser muy complicado: por ejemplo, que un pago se haga efectivo y otro no; que un pago aparezca disponible de inmediato y otro se tome 3 días, e incluso, que la transferencia sea devuelta 5 días después. Imagínate el caos en la negociación, sobre todo para el comprador que ya pagó y no puede firmar hasta que todos los copropietarios hayan recibido su parte.
Lo recomendable entonces es simplificar esta parte del proceso, que es muy delicada para ambas partes: que los copropietarios designen a una sola persona que reciba todo el pago, para que haya un solo proceso que monitorear y cumplir y, así, luego de firmado el Documento de Compra-Venta en el Registro Público, los copropietarios puedan hacer su distribución interna entre ellos, con calma y sin riesgos con respecto a la venta. Esto es lo que usualmente sucede.
Siempre queda abierta la posibilidad de que haya conflicto entre los copropietarios y no quieran estos acuerdos. Es un punto álgido que hay que revisar muy bien, en el caso concreto.